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El Gobierno nacional precisó el alcance de las licencias a trabajadores privados, por un plazo de 14 días corridos, debido al coronavirus, que incluye la recomendación de “disminuir” la presencia de trabajadores en las empresas.

Las precisiones fueron informadas a través de la resolución 207 del Ministerio de Trabajo, que conduce Claudio Moroni, publicada en el Boletín Oficial.

La medida autoriza a suspender “el deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo de catorce días (14) días, con goce íntegro de sus remuneraciones”, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las siguientes situaciones:

Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”. Se considerará “personal esencial” a todos los trabajadores del sector salud.
Trabajadoras embarazadas.
Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional. Dichos grupos son:

 Enfermedades respiratorias crónica: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
Inmunodeficiencias.
Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

Ámbito Financiero.-  

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