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“Establécese que en los procesos de compra que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco del Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios, establecido por la Decisión Administrativa N° 409/20, no podrá en ningún caso abonarse montos superiores a los precios máximos”, dice la decisión administrativa.

Ante el marco de la pandemia mundial por el Coronavirus el Poder Ejecutivo Nacional realizó una decisión administrativa en los procesos de compras que se llevan a cabo para atender la emergencia. 

Dicha decisión abarca: 

1- No podrá en ningún caso abonarse montos superiores a los Precios Máximos establecidos.

2- Esto será de aplicación a los procesos de compra regidos por la Decisión

Administrativa N° 409/20 que se encuentren en curso y que a la fecha de vigencia de la presente no hubieran sido adjudicados.

3- Asimismo, instrúyese a los titulares de los ministerios y de los organismos descentralizados a realizar, en aquellos

procesos que no se encontraren concluidos, las diligencias necesarias para que se respeten, en todos los casos, los

precios máximos 

4- Se procederá a pagar exclusivamente hasta el monto correspondiente a la aplicación de la mencionada Resolución, respetando los precios máximos allí previstos.

5- Facúltase a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES a dictar las normas aclaratorias y complementarias de la presente medida.

Fuente: arentina.gob.ar.

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