En espacios cerrados la capacidad permitida será del 50% cualquiera sea la actividad. Los encuentros esenciales no tienen más limitantes, aunque deben seguir respetando los protocolos sanitarios. La circulación de personas o vehículos continúa entre las 06:00 y las 02:00 de la madrugada.
DECRETO 4942-JGM-2021
