Tendrá carácter retroactivo y los delitos no prescribirán para que “empecemos a recuperar los bienes que se llevó la corrupción”.
“La Extinción de Dominio es un proyecto de ley que presentó el gobernador Poggi el 1º de abril, lo anunció en la Asamblea Legislativa y ya ingresó a la Cámara de Diputados de la provincia, de modo que esperamos que en los próximos días empiece a ser tratado en comisión, presumo que en la Comisión de Asuntos Constitucionales y en otras que estén vinculadas a esto que pretende ser una ley que cambie la cultura política en la provincia de San Luis”, anticipó Ricardo Bazla, secretario de Ética Pública y Control de Gestión.
Una ley aplicable con retroactividad y que no prescribe
El funcionario aclaró que la Ley de Extinción de Dominio no es una adhesión al DNU 62/2019, firmado por el ex presidente Mauricio Macri que le permite al Estado recuperar bienes vinculados a delitos, como la corrupción y el narcotráfico, sin necesidad de que exista una condena penal, como sí ocurre con el decomiso.
“Es totalmente distinta. Esta ley que vamos a tener en la provincia de San Luis pronto va a ser la segunda de este tipo en la República Argentina. Y es una ley que responde a estándares o parámetros internacionales que tienen que ver con las convenciones internacionales contra la corrupción”, aseguró Bazla.
“Estos puntos de partida del derecho internacional son los que nos han servido para establecer dos aspectos centrales: la retroactividad y la imprescriptibilidad”, dijo, y citó un ejemplo: “Esta ley puede ser aplicada aunque el hecho se haya producido el año pasado, o hace tres años, o hace cinco. Eso es retroactividad, es decir, no es una ley que va a regir de acá en adelante, sino que rige de acá en adelante y también para atrás”.
“Por otro lado, no es una ley que prescriba, es decir, que no importa cuándo se produjo el hecho de corrupción. Si se produjo hace diez años, se puede aplicar sin ningún inconveniente. Es decir, no hay un plazo. Son hechos imprescriptibles. Así como se habla o está definido internacionalmente que los delitos de lesa humanidad no prescriben. Por ejemplo, si se descubre hoy un hecho de corrupción producido hace treinta años, esta ley se podrá aplicar sin ningún inconveniente”, argumentó.
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