Con el cambio de año, inicia también la nueva temporada para la actividad íctica en todo el territorio sanluiseño. Para la crianza y el aprovechamiento de los recursos naturales de la provincia, la secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable dio a conocer el calendario de pesca deportiva que rige desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2025. Los interesados deben solicitar el carnet que otorga la secretaría de Ambiente.
En todos los casos que se detallarán a continuación, solo se admite el uso de una caña por pescador. Además, en la resolución Nº1-PMA-SMA-2018 se especifican todas las condiciones necesarias para realizar la actividad y establecen como especies de valor deportivo susceptibles de pesca al pejerrey, arpas, trucha arco iris, tararira, dientudos, mojarras y chanchitas.
En relación a las embarcaciones, éstas deberán ajustarse a las normas vigentes de la provincia y a las diferentes resoluciones de San Luis Agua. Asimismo, está prohibida la pesca en la modalidad embarcada en horario nocturno (desde las 20:00 a 07:30) en todos los embalses y lagunas.
Consideraciones generales por especie
Pejerrey: En caso de utilizar señuelos artificiales no podrá tener más de un anzuelo y deberá ser sin rebaba. En la modalidad FlyCast, se permite mosca sin rebaba. Por otro lado, se establecen cupos máximos:
- Dique Antonio Esteban Agüero: hasta 25 piezas.
- Dique San Pedro (La Toma): hasta 25 piezas.
- Dique Vulpiani: hasta 20 piezas.
- Dique Las Palmeras: hasta 20 piezas.
- Dique Paso de las Carretas: hasta 35 piezas.
- Embalse La Huertita: hasta 30 piezas.
- Embalse La Florida: hasta 35 piezas.
- Embalse San Felipe: hasta 35 piezas.
- Dique Cruz de Piedra: hasta 35 piezas.
- Dique Potrero de los Funes: hasta 25 piezas.
- Dique Saladillo: hasta 20 piezas.
- Dique La Estrechura: hasta 10 piezas.
- Dique Nogolí: hasta 20 piezas.
Carpas: Se permitirá una caña por pescador con aparejo de un máximo de dos anzuelos en la modalidad FlyCast y Carpfishing. Además, la pesca de esta especie se habilita durante todo el año, en todos los ambientes de la provincia, sin límite de talla y sin límite por pescador y por salida de pesca.
Trucha Arco Iris: Se habilita su pesca desde el 1° de enero de 2025 al 31 de mayo de 2025 y desde el 1°de octubre de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Asimismo, la pesca de esta especie se permite en las modalidades Spinning (cucharita o señuelo de una sola punta sin rebaba) FlyCast (Mosca sin rebaba), quedando prohibida la pesca de trucha con carnada.
Se sectoriza la pesca de esta especie para todos los ríos y arroyos de la provincia y se habilita la pesca con devolución obligatoria. En diques se permite la captura de un ejemplar con una talla de hasta 35 centímetros, salvo en los diques Berta Vidal de Battini y La Estrechura, donde no se podrá sacrificar ninguna pieza. Las desembocaduras de entrada de agua a los diques actuarán como áreas protegidas de desove, quedando vedadas permanentemente
Tararira: Se habilita su pesca desde el 1° de enero de 2025 al 1° de septiembre de 2025 y del 15 de diciembre de 2025 al 31 de diciembre de 2025.La pesca de esta especie sólo se podrá practicar con modalidad FlyCast o pesca con mosca y/o con señuelos artificiales, quedando prohibida la pesca con camada (viva o muerta), con modalidad devolución obligatoria.
Se encuentra permanentemente vedada la pesca de todas las especies ícticas en el Embalse Piscu Yaco, Berta Vidal de Battini, Luján y Boca del Rio.
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