El presidente Javier Milei presentó este jueves el anteproyecto de reforma integral del Código Penal argentino en el Complejo Penitenciario Federal N°1 de Ezeiza. El anuncio fue acompañado por los ministros de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, y de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
Entre los asistentes también estuvo el diputado José Luis Espert, aunque en un segundo plano. No fue nombrado por el locutor, no apareció en los videos de la transmisión oficial, a cargo de la Oficina de la Presidencia ni se le asignó un lugar de relevancia en el acto; estuvo pero “escondido” muy atrás, en la tercera fila. Apenas hubo un desapercibido saludo entre el candidato y el presidente. La discreción pareció responder al escándalo que lo vincula con Fred Machado, empresario condenado por narcotráfico en Estados Unidos, lo que generó tensiones internas y externas en el oficialismo.
Sin leer discursos y con su habitual estilo directo, Milei definió el proyecto como una herramienta para “hacer grande a la Argentina nuevamente, el orden es una precondición. Y por eso necesitamos tolerancia cero, porque el que las hace, las paga. Y eso es lo que vinimos a hacer en el día de hoy”. El nuevo texto apunta a modernizar y actualizar el sistema penal, endurecer las sanciones para los delincuentes y tipificar delitos graves y actuales que hoy carecen de regulación específica, como el narcotráfico, la trata de personas, los ciberdelitos con inteligencia artificial, corrupción estructural, violencia organizada, pornovenganza, secuestro virtual, crueldad animal, delitos ambientales, estafas piramidales y ataques a la seguridad vial.
Por su parte, la ministra Bullrich citó ejemplos recientes para justificar la urgencia de la reforma, mencionando casos de impunidad que generaron gran repercusión social. Entre ellos, destacó los crímenes de Kim Gómez, la niña de 7 años arrastrada por un auto en La Plata; Daniel “Maguila” Puccio, condenado por secuestros y asesinatos cuya pena prescribió; Hugo Cristian Ferrari, jubilado asesinado por un repartidor; Sueños Compartidos, desvío de fondos de la Fundación Madres de Plaza de Mayo; y de Bruno Bussanich, asesinado en Rosario en un ataque instigado desde prisión.
El proyecto fue elaborado por la Comisión de Reforma del Código Penal, integrado por la jueza María Eugenia Capuchetti, las abogadas María Valeria Onetto y Mercedes Rodríguez Goyena, los jueces Ricardo Basílico y Mariano Borinsky, junto con los abogados Jorge Buompadre, Carlos Manfroni, Horacio Romero Villanueva, Fernando Soto y Julio César Báez. Posteriormente, fue revisado por el ministro Cúneo Libarona, quien introdujo modificaciones en los encuadres penales, en la definición de conductas y en los montos de las penas con el objetivo de adaptar la norma a los nuevos desafíos delictivos.
La propuesta implica un cambio estructural: el nuevo Código unifica el texto vigente de 1921 con más de un centenar de leyes penales especiales, ampliando de 316 a 920 artículos. Pues, pese a que el proyecto fue actualizado previamente a lo largo de los años y a que se conformaron 18 comisiones de reforma, nunca se logró un texto unificado y moderno. Según el Gobierno, esto permitirá ofrecer un marco más claro, completo y adaptado a los desafíos del siglo XXI.
Principales ejes del nuevo Código Penal
Imprescriptibilidad de delitos “gravísimos”: eliminación de la prescripción en delitos graves como homicidios, abusos sexuales, trata de personas, narcotráfico y crímenes de lesa humanidad. De este modo, la norma contempla que la acción penal se extinga únicamente en situaciones no complejas que excedan plazos razonables.
Reducción de la edad de imputabilidad: responsabiliza penalmente a menores desde los 13 años, fundamentando que los adolescentes comprenden la criminalidad de sus actos.
Implementación obligatoria del sistema acusatorio: reemplazo del modelo inquisitivo tradicional, otorgando al fiscal la función de investigar y acusar, al imputado la posibilidad de defensa plena y al juez la de actuar exclusivamente como árbitro.
Nuevas figuras delictivas del siglo XXI: inclusión de nuevos tipos penales que hoy no existen, como el “stealthing” (retiro no consentido del preservativo), pornovenganza, secuestro virtual, violencia organizada y estafas piramidales. Se tipifican también conductas como animal sistemática, delitos ambientales y desvío de cuota alimentaria, entre otras.
Lucha contra la corrupción: incremento de las penas para funcionarios involucrados en delitos contra la administración pública e incorpora el soborno entre privados. Eliminación de la libertad condicional para reincidentes y condenados por delitos graves, rediseño del enriquecimiento ilícito y decomiso anticipado de bienes en casos de terrorismo, narcotráfico y corrupción.
Ciberdelitos e inteligencia artificial: Capítulo específico sobre ciberdelitos, incluyendo la creación de imágenes sexuales falsas mediante IA, el fraude digital y los ciberataques complejos. A su vez, establece la eliminación inmediata de estas reproducciones, que hasta el momento no contaba con un marco legal integral ni contemplación específica.
Endurecimiento generalizado de penas: en prácticamente todos los delitos se agravan las sanciones con el aumento de los límites mínimos y máximos de prisión, incluso en delitos cotidianos como robos, “entraderas”, estafas piramidales, “salideras bancarias” y delitos viales.
- Homicidio simple: pasa de 8-25 años a 10-30 años de prisión.
- Homicidio agravado: mantiene la prisión perpetua, e incorpora circunstancias agravantes como víctimas menores de edad, adultos mayores, funcionarios públicos y crímenes en lugares concurridos o cometidos por organizaciones.
- Lesiones leves: de 1 mes-1 año a 1-3 años.
- Lesiones por conducción imprudente: el rango pasa de 1-3 años (simple) y 2-4 años (agravada) a 2-6 años y 3-6 años, respectivamente.
- Abuso de armas: disparar sin herir puede alcanzar hasta 6 años; agresión sin herida de 1 a 3 años.
- Omisión de auxilio: de multa a 1-6 años de prisión, y agravada a 2-8 años para casos con víctimas menores de 13 o mayores de 65 años.
- Injurias: de multa a 1-3 años de prisión, y en forma agravada de 2 a 6 años.
- Pornografía infantil: de 3-6 años a 3-9 años, con agravantes que elevan el mínimo a 4 años.
- Posesión de pornografía infantil para distribución: de 6 meses-2 años a 3-12 años.
- Privación ilegal de la libertad: de 6 meses-3 años a 1-4 años.
- Trata de personas: la pena máxima sube de 8 a 10 años; en su modalidad agravada, de 5-10 a 6-15 años.
- Amenazas: pueden agravarse hasta 8 años en caso de mediar armas o anonimato y hasta 10 años si buscan forzar conductas.
- Hurto: el mínimo sube de 1 mes a 1 año y el máximo de 2 a 3 años.
- Robo: el simple con fuerza pasa de 1 mes-6 años a 3-8 años; con violencia, hasta 10 años; se introducen figuras diferenciadas para robos en la vía pública y cometidos por “motochorros”.
- Estafa: de 1 mes-6 años a 1-8 años y multa.
- Usurpación: de 6 meses-3 años a 3-10 años y multa; agravada, hasta 12 años.
- Agresiones en manifestaciones: de 2 a 5 años; si el ataque es contra un funcionario o miembro de fuerzas de seguridad, de 3 a 9 años.
- Tenencia y portación de armas: se contemplan incrementos y multas superiores.
- Falso testimonio y cohecho: reciben penas superiores, con agravantes para altos funcionarios.
“Que se implementen o no, dependen del Congreso de la Nación y de quienes estén sentados en las butacas, tengan la vocación de ponerse del lado de las víctimas. El país necesita diputados y senadores que comprenden esto. Si aprobamos esta reforma, la seguridad va a cambiar en serio”, sostuvo el presidente.
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