La decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este martes en el Boletín Oficial, la Resolución General 4750/2020. La misma establece la decisión del ente administrativo nacional de prorrogar la feria fiscal hasta el 17 de julio próximo.
La norma precisa que, mientras continúe el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus, se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.
También mantendrá habilitados los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior.
El organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont precisó que “una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social”, y aclaró que “la medida no suspende las acciones de la AFIP”.
También, hizo hincapié en que, “durante su vigencia, quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo”.
Fuente: Télam.
