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Condenan a un joven involucrado en el robo en un local bailable de Concarán

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En un veredicto emitido este jueves, el tribunal de juicio de la Tercera Circunscripción Judicial ha condenado a A.M.R., un joven de 24 años, por su participación en el robo a un local bailable ubicado en Concarán. El incidente tuvo lugar en diciembre de 2019, cuando A.M.R. y otro individuo ingresaron al salón forzando una ventana que se encontraba a gran altura y sustrajeron numerosos aparatos electrónicos de valor.


Gracias a dos operativos realizados en la localidad de Tilisarao, se logró recuperar la totalidad de los elementos denunciados como robados. El otro individuo involucrado, identificado con las iniciales G.M.D.F., obtuvo el beneficio de suspensión de juicio a prueba por decisión del Juzgado de Sentencia de la Tercera Circunscripción.
La situación procesal de A.M.R. se resolvió el 5 de octubre mediante un procedimiento de juicio abreviado. En este acuerdo, el acusado, junto con su abogado defensor, Orlando Villegas, reconoció su participación como coautor en el robo al local bailable. Como resultado de este acuerdo, A.M.R. aceptó una pena de 3 años de prisión en suspenso.

El Fiscal de Juicio, Mario Néstor Zudaire, consideró como circunstancias atenuantes la ausencia de antecedentes penales del acusado y el hecho de que todos los elementos sustraídos fueran recuperados. Como agravantes, se tuvo en cuenta la forma de comisión del delito y la extensión del daño causado.
Tanto la defensa como el acusado ratificaron el acuerdo. El tribunal, compuesto por Gustavo Daniel Sanchiño, María Claudia Uccello y Sandra Elizabeth Piguillem, resolvió homologar el acuerdo y dictar el siguiente veredicto: A.M.R. es declarado culpable, como autor material y penalmente responsable del delito de robo por escalamiento, y es condenado a una pena de tres años de prisión en suspenso, con accesorias legales y costas procesales.

Se le aclaró al condenado que el beneficio de la prisión en suspenso está condicionado al cumplimiento de pautas de conducta y al compromiso de no incurrir en nuevos delitos. En caso contrario, se le revocará el beneficio y deberá cumplir la pena de manera efectiva.

Fuente: Prensa Judicial 3° Circunscripción.
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