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“Era considerado un hermano de la familia, y esa confianza se quebró cuando una de las niñas relató que era víctima de abuso sexual”

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Un tribunal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial, integrado por la presidenta María Eugenia Zabala Chacur y los magistrados Ariel Gustavo Parrillis y Hugo Guillermo Saa Petrino, dictó este viernes el veredicto contra un hombre de 67 años por una causa donde se denunciaron abusos sexuales en perjuicio de tres niñas menores de edad. Por unanimidad y luego de escuchar los alegatos de las partes, el tribunal hizo lugar a la prescripción de la acción penal solicitada por el abogado del imputado, Maximiliano Del Signore, en uno de los hechos y dispuso el sobreseimiento en relación a la acusación de abuso sexual simple.
En cambio, los magistrados encontraron probada la responsabilidad penal en los hechos que damnificaron a las otras dos víctimas, calificándolos como abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real, de acuerdo con lo previsto en los artículos 119 (1º y 2º párrafo) y 55 del Código Penal; y condenó al acusado a 9 años y 3 meses de prisión.


Como atenuante, los jueces valoraron la falta de antecedentes de condena, mientras que entre las agravantes destacaron la defraudación de la confianza depositada en el acusado, la extensión del daño causado a las víctimas y las circunstancias de modo en que se cometieron los hechos.
Fernando Rodríguez, fiscal de Juicio Nº 2, expuso que la investigación se inició el 26 de agosto de 2021, a partir de la denuncia de los padres de tres niñas. Indicó que las familias mantenían una relación de amistad de más de veinte años, lo que habría generado un vínculo de confianza y cercanía con el acusado.

De acuerdo con los testimonios, el imputado habría realizado tocamientos de carácter sexual en distintos momentos, cuando las víctimas tenían entre siete y doce años. El caso se originó con el relato de una de ellas, que permitió que las otras dos también contaran hechos similares a sus progenitores, quienes radicaron la denuncia.
Por su parte, el Defensor Adjunto de la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces, Nahuel Lede Zajic, adhirió a lo planteado por la Fiscalía. Señaló que el organismo representa a dos de las víctimas, quienes aún son menores de edad, y manifestó que el acusado habría aprovechado la confianza de los adultos, y que utilizó juegos, recompensas y obsequios para llevar adelante los abusos.

En su alegato de clausura, el defensor explicó que este tipo de delitos son considerados “delitos intramuros, donde los testimonios de las víctimas y sus familiares cobran una real importancia y los indicios que se van sucediendo a través del juicio son los que delegan el valor probatorio”. En este sentido, subrayó que el Superior Tribunal de Justicia ya se ha pronunciado sobre el valor de los relatos de niñas, niños y adolescentes en casos de abuso sexual.
Respecto de la dinámica de los hechos, sostuvo que se produjo una ruptura de confianza en el marco de un vínculo de más de veinte años entre el acusado y las familias. “El imputado era considerado un hermano de la familia, y esa confianza se quebró cuando una de las niñas relató que era víctima de abuso sexual”, indicó.

El funcionario resaltó que los relatos fueron consistentes y libres de fabulación, y que los abusos se producían en contextos de juegos o momentos cotidianos: “Los episodios sucedían en la pieza, en el comedor o en la pileta, siempre cuando el imputado se encontraba a solas con las niñas. Para ellas eran juegos, pero en realidad eran tocamientos de carácter sexual”.
Asimismo, señaló que las pericias psicológicas confirmaron la existencia de secuela emocional y traumática en las víctimas: “No hubo otros traumas previos o posteriores. El único trauma detectado fue el abuso sexual por parte del acusado”, dijo. Entre los síntomas relevados, mencionó trastornos alimenticios, ansiedad, depresión, ataques de pánico y dificultades en el rendimiento escolar.

En cuanto a la valoración final, Lede Zajic adhirió a la calificación planteada por la Fiscalía y remarcó las circunstancias agravantes: la prevalencia física del imputado, la ruptura de vínculos de confianza, la extensión de las secuelas y la edad de las víctimas —todas menores de 13 años al momento de los hechos—. Al igual que Rodríguez, solicitó 14 años de prisión.
Las abogadas querellantes Fernanda Pereyra Jamenson y Estrella Marín, que representan de manera privada a las víctimas, remarcaron la necesidad de que el caso se aborde con perspectiva de género y de niñez. Indicaron que, debido a la cercanía con la familia, el acusado era considerado como un “tío” por las niñas, lo que habría facilitado los hechos. Y en sus alegatos finales solicitaron la pena de 20 años de prisión.
La defensa, por su parte, pidió que el imputado fuera absuelto por el beneficio de la duda y en caso de que el tribunal encontrara culpable a su defendido, que lo hiciera por el delito de abuso sexual simple y que lo condenara a seis meses de prisión.
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