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Utilizarán el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en organismos municipales y provinciales

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Como lo establece la Ley Provincial N° IV-0094-2004, la Subdirección de Registro de Deudores Alimentarios Morosos, dependiente del Ministerio de Gobierno, tiene la función de administrar el registro de personas que adeudan total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia judicial.

Para ampliar la utilización de este registro, se está gestionando con organismos municipales y concejos deliberantes la adhesión a la Ley Provincial N° IV-0094-2004 y la inclusión de un mayor número de trámites que requieran no estar en la lista de deudores alimentarios. Esta iniciativa busca garantizar la protección de los derechos de los niños frente al incumplimiento de las obligaciones alimentarias por parte de sus progenitores.

El subdirector del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Elio Vasquez, informó que el objetivo es extender la aplicación de la norma, asegurando que los deudores alimentarios morosos no puedan acceder a trámites importantes como la obtención del carnet de conducir, habilitación comercial, entre otros.

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