En el marco de la investigación por la muerte de Jonathan Valera Salazar, el repartidor atropellado en diciembre de 2024 en la intersección de la avenida Héroes de Malvinas y la calle San Juan, se produjo un cambio en la calificación legal del hecho: el procurador general de la provincia de San Luis resolvió que el caso debe avanzar hacia juicio oral bajo la figura de homicidio simple con dolo eventual.


La decisión fue tomada en una audiencia prevista por el Código Procesal Penal, ante la existencia de discrepancias entre la querella y la fiscalía. Mientras que el acusador privado venía sosteniendo desde el inicio la figura del dolo eventual, por considerar que el conductor, Mariano Mourelle, actuó con una conducta temeraria consciente del riesgo, el fiscal Francisco Assat Ali había impulsado inicialmente la acusación de homicidio culposo calificado, que prevé penas notablemente menores.
“El procurador definió que la calificación que corresponde que quede al menos enrostrada en la ordenanza de control es la de homicidio simple con dolo eventual, a los fines de resguardar los derechos de la víctima, es decir, que la víctima pueda en el juicio oral tener acreditada su pretensión”, explicó el fiscal Assat Ali tras la audiencia. Si bien no coincidió en un inicio con ese enfoque, el representante del Ministerio Público decidió no oponerse a la decisión, reconociendo que la víctima tiene derecho a que su pretensión sea tenida en cuenta en el proceso oral. “Creo que vamos a tener de cara a un debate oral grandes chances de éxito”, añadió.

Con este cambio, el delito imputado pasa de tener una pena de entre 3 y 6 años a un rango de 8 a 25 años de prisión, una diferencia sustancial que podría alterar por completo el destino judicial del acusado.

El contexto del caso

Valera Salazar murió luego de ser embestido por el vehículo conducido por Mariano Mourelle con pleno control, quien, según determinó una pericia accidentológica, circulaba a 60 km/h en una zona urbana donde el máximo permitido era 50. Sin embargo, más allá del exceso de velocidad, el informe técnico destacó un comportamiento particularmente riesgoso: el conductor cambió de carril para avanzar más rápido, superando al tránsito que se desplazaba con lentitud y arrolló al joven repartidor, a quien arrastró unos 30 metros antes de colisionar con otro automóvil casi 100 metros después.


“La conclusión final de la pericia es que si Mourrelle hubiese tenido los adecuados recaudos, si hubiese venido manejando a una velocidad más adecuada a ese momento y a las condiciones de clima, de tránsito, es altamente probable, eso lo dice también el informe, que este accidente no hubiese sucedido”, había sostenido en su momento Martin Ávila, abogado de la familia de Jonathan Valera Salazar. “Él tuvo una ausencia. El informe dice que el pavimento estaba bien, la calzada estaba bien; lejos de favorecer a una persona y eso aumenta el grado de responsabilidad que tiene uno a la hora de manejar”, había agregado también.

La postura de la defensa: duras críticas y acusaciones de irregularidad

En contraposición a esta decisión, Cristóbal Ibáñez, defensor de Mourelle, cuestionó duramente el proceso. Denunció que no fue convocado a la audiencia y que su pedido formal para suspenderla no fue tenido en cuenta.


“Ayer presenté un escrito solicitando la suspensión de la audiencia porque a mi parte no se le había convocado a la audiencia que se había fijado hoy para las 11:00. Presenté el escrito fundándolo en el artículo 49 del Código Penal, que sostiene que tiene que convocarse a todas las partes”, afirmó el letrado. Para Ibáñez, la resolución vulnera “garantías constitucionales como son el principio de inocencia, el derecho de defensa y juicio y el derecho que tiene el imputado de estar en todas las etapas del proceso”.
Ibáñez también advirtió sobre el precedente que podría sentarse si se valida la exclusión de la defensa en estas audiencias. “Es algo grave que sí se siente este criterio, que el imputado no puede participar en la audiencia del procurador, cuando hay discordancia entre las acusaciones”, denunció y sentenció: “La verdad es que no están respetando el código y es algo que tendría que cambiar”.

El abogado del conductor además señaló que su defendido padece epilepsia, patología que, según su visión, debe ser considerada como un factor atenuante o incluso causal del hecho. No obstante, la fiscalía descarta que la enfermedad haya tenido impacto en el momento del siniestro. “El señor Mourelle, al momento de impactar a Jonathan Salazar, ese fatídico día de diciembre del año pasado, se encontraba en pleno uso de sus facultades y prueba de ello es tanto las cámaras que lo tienen esquivando autos en momentos previos como bajándose del auto sin ningún problema en momentos posteriores”, remarcó Assat Ali.

Lo que viene

Con esta resolución, el caso se encamina hacia el juicio oral con una nueva calificación que eleva considerablemente el rango de pena. La defensa, por su parte, anticipó que agotará todas las instancias legales para impugnar lo ocurrido en la audiencia.


Escuchá Radio Popular San Luis en vivo: https://radiopopularsanluis.com.ar/radio

¿Qué te pareció la nota?

👎 0
👍 0
100%

Satisfacción Satisfacción

0%

Esperanza Esperanza

0%

Bronca Bronca

0%

Tristeza Tristeza

0%

Incertidumbre Incertidumbre

0%

Indiferencia Indiferencia

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *