El Gobierno estableció los límites mínimo y máximo de cada asignación por hijo, esposa, escolaridad de acuerdo a tramos de ingresos comprobables de cada trabajador y de su grupo familiar que regirán a partir de septiembre.
El Boletín Oficial publicado este viernes a través del decreto 702/2018, indica que el mínimo será equivalente a la base imponible mínima previsional, mientras que el máximo será de $83.917 por grupo familiar.
También señala que si uno de los integrantes de la familia percibe un ingreso superior a $41.959, el núcleo queda excluido del cobro de las asignaciones, incluso cuando la suma de los salarios de todos los miembros no supere el máximo establecido.
Para fijar estos límites, el Poder Ejecutivo tuvo en cuenta que la legislación vigente relaciona los ingresos considerados para el pago de asignaciones con las definiciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Además, el Gobierno argumentó que la adecuación “deviene necesaria con el fin de evitar la eventual captación indebida de prestaciones de la seguridad social cuando los importes de las remuneraciones son declarados por el empleador en forma ilegítima, por un monto inferior al citado mínimo”.
Fuente: Infobae
