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 A partir de lo dispuesto en el Boletín Oficial es que quedó oficializado el aumento en el Salario Mínimo Vital y Móvil que fuera previamente dispuesto desde el Consejo Nacional del Empleo. 

Desde su artículo 2°, el Decreto en cuestión marca que “el incremento de los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo tendrán vigencia a partir del 1° de agosto de 2019, del 1° de septiembre de 2019 y del 1° de octubre de 2019, respectivamente.

Con esto hace referencia al aumento escalonado que llegará a un 35% para el mes de octubre pasando de $12.500 a $16.875.

La resolución menciona que el mismo será desde el 1 de agosto de $ 14.125 (12%) para todos los trabajadores que cumplen la jornada legal completa de trabajo, a $15.625 para septiembre y finalmente, a partir del 1 de octubre, lo establece en $ 16.875 (13%).

El porcentaje fue decidido unilateralmente por el Ministerio de la Producción y Trabajo y marca una clara diferencia con los $31.934 (misma cifra que la canasta básica) que proponían los sectores gremiales.

Fuente: El cronista

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