Este miércoles, la Justicia de Jujuy condenó a un hombre a dos años y medio de prisión de ejecución condicional por ahorcar a los cinco perros de su hermana en Palpalá. La sentencia también incluye la obligación de realizar un curso de sensibilización y concientización animal, iniciar un proceso terapéutico por conductas violentas y aplicar una restricción de acercamiento a la mujer que lo denunció por los ataques.
Según informaron fuentes judiciales, el fallo fue dictado por jueza ambiental de Jujuy, María Laura Flores, quien consideró que el acusado resultó responsable del delito de “crueldad animal en concurso real” en los cinco hechos.
En el marco de un juicio abreviado, la magistrada estableció reglas de conducta para el condenado, entre las cuales se encuentra la prohibición de acercamiento a su hermana, la denunciante del caso, a menos de 300 metros de su domicilio o en el lugar en que la mujer se encuentre durante el plazo que dure la condena.
La acusación de la fiscalía indica que el maltrato animal ocurrió el 27 de agosto de 2023, en horas del mediodía aproximadamente, cuando el imputado retiró de un inmueble situado en el barrio Centro Forestal de la ciudad de Palpalá, a cuatro cachorros de aproximadamente tres a cuatro meses de edad, de pelaje gris, de raza mestiza, y talla media, los cuales pertenecían a su hermana, con quien convivía en el mismo domicilio.
Según la acusación de la fiscalía, el individuo retiró a cuatro cachorros de su hermana de un inmueble en Palpalá, Jujuy, y los trasladó a un descampado donde los ahorcó con una soga, provocándoles la muerte por asfixia mecánica.
Según información de Télam, el mismo día, regresó al domicilio y se llevó a la madre de los cachorros, a quien también ahorcó de la misma manera. Estos hechos atroces llevaron a que la justicia impusiera medidas como la realización de un curso de sensibilización y concientización animal, terapia, y una restricción de acercamiento a la denunciante. Estas buscan no solo sancionar al culpable, sino también prevenir la reincidencia y proteger a la víctima.
La resolución emitida por la jueza establece que el condenado debe abstenerse de ejercer actos de violencia en cualquiera de sus tipos (física, sexual, psíquica, social, económica) y actos molestos por cualquier medio: personal, telefónico, redes sociales en contra de la denunciante. , mientras dura la condena.
Y de igual manera, se le ordenó asistir y acreditar la realización de un curso de sensibilización y concientización animal de 40 horas que le dictará vía zoom María de las Victorias González Silvano, docente a cargo de la materia Derecho Animal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Además, el condenado deberá asistir y acreditar cada treinta días el inicio y sostenimiento de un proceso terapéutico por sus conductas violentas, durante el tiempo que dure la condena, salvo que el profesional mediante informe correspondiente de cuenta que se han cumplido los objetivos terapéuticos.
Por último, se le prohibió el acercamiento y contacto con animales durante el plazo de la condena y hasta tanto tenga la alta terapéutica referida anteriormente, así como el cumplimiento del curso de sensibilización y concientización animal antes indicado. Estas buscan prevenir la reincidencia y proteger a la víctima de cualquier forma de violencia o acoso por medidas parte del condenado. Es importante destacar que estas restricciones forman parte de las reglas de conducta impuestas por la justicia en casos de maltrato animal y violencia doméstica.
[{adj:140216} El condenado vivía con su hermana y las mascotas. (Télam)]
La jueza demostró que se encuentra acreditado con el grado de certeza necesaria que el hombre “mató a cuatro cachorros ya su madre, de manera consciente y con la clara intención de causar sufrimiento”.
Además, destacó según el desarrollo jurisprudencial que, “a los animales les deben ser reconocidos determinados derechos que derivan del derecho básico del respeto a la vida ya su dignidad como seres que sienten”.
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento previsto en el artículo 411 del Código Procesal Penal de la Provincia, donde la jueza María Laura Flores hizo lugar al acuerdo alcanzado entre el Fiscal y al acusado asistido por su abogado defensor.
Como fiscal se desempeñó Javier Sánchez Serantes, mientras que la querella estuvo representada por Andrea Szecsi, del Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy, mientras la defensa técnica fue ejercida por el Defensor Público Penal Roberto Savio.
Fuente: Infobae.
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