El juez de Garantías N° 4 de San Luis, Marcelo Bustamante Marone, otorgó el jueves al mediodía una prórroga de 8 días solicitada por la Defensora Oficial N° 2, Nadia Agúndez, quien representa a Luis Alberto Farías, el único acusado en la causa que investiga el robo y homicidio de Ramón Nicolás López en diciembre de 2022, en las afueras de la capital puntana.
Durante la audiencia de formulación de cargos en la Sala de Oralidad de Tribunales, el fiscal N° 1, Emanuel Sastre, imputó a Farías por el delito de homicidio criminis causa. Este tipo de homicidio se comete con el propósito de preparar, facilitar, consumir u ocultar otro delito, asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí mismo o para otros.
El cuerpo de Ramón Nicolás López, de 70 años, fue encontrado sin vida el 29 de diciembre en su cama, atado de pies y manos y en avanzado estado de degradación. Vivía en una construcción precaria junto a la ruta 147 de la capital.
Según la teoría del caso presentado por la Fiscalía, entre el 15 y el 16 de diciembre de 2022, el acusado robó un teléfono celular, dinero y una riñonera que pertenecían a la víctima, y posteriormente lo golpeó causándole la muerte. Luego, colocó una toalla y una almohada sobre el rostro de López, lo maniató y cubrió su cuerpo con una frazada y ropa.
El pedido de prórroga de la detención por parte de la defensa de Farías está respaldado por el artículo 40 de la Constitución Provincial, que permite al imputado solicitar una prórroga de hasta ocho días en su detención si considera que beneficia a su defensa, después de la indagatoria y antes de la resolución judicial.
Durante la audiencia, el fiscal Sastre detalló que el acusado se dirigió a Monte Comán, en Mendoza, el 16 de diciembre, según registros de antenas de comunicación. Posteriormente, se perdió su rastro después de vender el celular de López. El teléfono fue encontrado en posesión de Néstor Zubeldía, quien afirmó haberlo comprado a Farías por $6000.
El fiscal solicitó la prisión preventiva por 120 días argumentando el riesgo procesal de fuga debido a la gravedad del delito y la pena esperada, así como la falta de arraigo, ya que se desconoce su lugar de residencia actual.
Fuente – Apartado de Prensa Poder Judicial de San Luis-
