Esta medida fue requerida por la Fiscal de Juicio Nº1, Dra. Virginia Palacios, y el Fiscal de Instrucción Nº2, Dr. Ricardo Barbeito, durante la audiencia de formulación de cargos que se realizó este lunes a las 11:00. en la sala de oralidad de Tribunales de la ciudad de San Luis.

También estuvo presente el defensor del imputado Dr. Ricardo Gutiérrez Esley y la secretaria del Juzgado de Garantías Nº3, Dra. Alejandra Quiroga Nassivera.

El fiscal Barbeito explicó que la actuación conjunta de ambas fiscalías (de Instrucción y de Juicio) se realiza en el marco de la “copertenencia” del caso por la que se puede determinar la actuación conjunta de ambos organismos desde el inicio de la causa.

Además, expresó que el delito imputado es “abuso sexual con acceso carnal en concurso real con el delito de corrupción de menores agravada (Art. 119, 3º párrafo y 125, 1º párrafo en relación al 2º y Art. 55)”.

Seguidamente, la fiscal Palacios describió la evidencia recolectada en contra del imputado que dan cuenta de la realización de actos tendientes a corromper el normal desarrollo de la sexualidad de una menor de edad.

También solicitó el alojamiento del imputado en el Servicio Penitenciario y dijo que hay “mucha prueba por producir” entre las que mencionó: la realización de la Cámara Gesell, la sábana de llamadas telefónicas entrantes y salientes, material de cámaras y domos de las cercanías del lugar, peritajes de celulares y análisis de laboratorio de los elementos encontrados en los allanamientos, etc.

Aclaró que el pedido de la medida coercitiva responde no solamente a la peligrosidad para la investigación de la causa (refirió los antecedentes de fuga del imputado) sino la peligrosidad para niños y niñas y en resguardo de su interés superior.

Barbeito agregó que el pedido de la medida se debe a que hay un riesgo de entorpecimiento del caso ya que el imputado logró un acercamiento afectivo con la víctima, tuvo actitudes evasivas y se prófugo por los techos de las viviendas cercanas a su domicilio. Por último, el Fiscal mencionó la existencia de antecedentes penales del imputado, aunque estos no eran condenatorios.
El imputado se abstuvo de declarar y su abogado defensor suscribió a los pedidos de prueba de la Fiscalía sin objeciones.
Finalmente, el Juez entendió que existían argumentos sólidos en cuanto al peligro real de fuga y que, en base a la evidencia presentada por la Fiscalía, el hecho tiene una alta probabilidad de acreditación, por lo que dispuso el traslado del detenido al Servicio Penitenciario provincial.
Fuente: Periódico Judicial.

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