Este miércoles 26 de junio, la cámara de diputados provinciales dio media sanción a la conocida Ley de Reiterancia que realiza modificaciones en el código procesal penal. La ley vuelve a senadores para ser aprobada y sancionada.


La propuesta legislativa contempla modificaciones en diez artículos del Código Procesal Penal, enfocándose en tres conceptos fundamentales: la figura de reiterancia, el tratamiento de detenciones por delitos ‘in fraganti’ y la protección de los derechos de las víctimas en casos de usurpaciones.

En el caso de la figura de reiteración, aquellos delincuentes que son detenidos y tienen causas pendientes deberán esperar el inicio del juicio por ese hecho anterior en prisión preventiva, y no libres como sucede hoy en día. Esta figura no afecta ninguna garantía constitucional, ya que la prisión preventiva se impone al solo efecto de garantizar que el delincuente no evada la Justicia ni entorpezca la investigación.


En el caso de los delitos “in fraganti”, el objetivo es que tengan un proceso abreviado si no hay mayor prueba que producir y en 30 días tengan condena, ya sea efectiva o en suspenso.

Y en cuanto a usurpaciones lo que busca este proyecto es brindarles una herramienta a los jueces para que, ante una denuncia por ocupación ilegal de un inmueble, rápidamente puedan ordenar el desalojo, sin perjuicio de que la causa siga. Esto le garantiza a la persona que sufrió la usurpación el poder recuperar su propiedad.

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