El diputado Sergio Amieva, del departamento Belgrano, solicito que se declare zona de emergencia económica y social, Villa de La Quebrada, Potrero de los Funes, La Punta, El Suyuque, Los Molles y su respectivo cordón serrano para cubrir los gastos por los daños ocasionados en los incendios.
“Si bien el fuego se apago, pero los animales, las vacas, cabras, caballos, que la gente tiene y viven de esa economía, se quedaron sin comida y los daños en la zona son muy importantes. Por eso, en el proyecto hacemos mención a la ley de Comisionado Municipal en el articulo 21, que dice que el Estado en caso de emergencia económica o desastre, le otorgue al municipio mas cercano una ayuda del Tesoro Provincial que cubra esos gastos”, ratifico el diputado del Frente para la Victoria.
En los fundamentos del proyecto, que recién toma estado legislativo y espera ser tratado en las próximas sesiones, señala que, “ los incendios registrados en la provincia dejaron muy dañada la flora y fauna que se encuentra en estos lugares para la alimentación de los animales de los productores agropecuario, autóctonos y normal funcionamiento del ecosistema de la zona. Los daños materiales y humanitarios de los vecinos y propietarios que viven en estos lugares. Considerando que esta legislatura conjuntamente con el Gobierno de la Provincia de San Luis, tiene que velar por la seguridad, acobijar y proteger los bienes personales de los habitantes en la medida necesaria de este incendio ocasionado recientemente y palear el difícil momento que les toca vivir a nuestros vecinos”.
Los principales puntos del proyecto señalan que; Art. 1°- Declare la zona de Villa De La Quebrada, Potrero de los Funes, La Punta, Suyuque, Los Molles y su respectivo Cordón Serrano de la provincia de San Luis, en emergencia económica, social y ambiental por el termino de 90 días prorrogable por igual termino de días, en esta zona dañada por el incendio. Art. 2°- El Poder Ejecutivo provincial destinara a través del Ministerio de Hacienda Publica una partida especial proveniente de APORTES DEL TESORO PROVINCIAL, en efectos la Ley Provincial XII-0351-2004 (5537*R) – Texto Ordenado Ley XVII-0712-2010- Ley VII-0801-2012, que establece el Régimen de Coparticipación Municipal en sus Arts. 21 y 22, destinado a la asistencia y reconstrucción productiva de los lugares afectados por el incendio mencionado en el Art. 1. Art. 3°- Facultase al Poder Ejecutivo Provincial a instrumentar las medidas necesarias para las transferencias de los fondos económicos a la Municipalidad de Villa de la Quebrada para la asistencia de los damnificados del incendio.
Audio: Sergio Amieva. Nota y Redacción: Ayelén Britos.
Edición: Gustavo Castro.
