Producto de la pandemia, la cuarentena afectó a los trabajadores y a las personas de bajos recursos. Desde el Gobierno Nacional decidieron retrotraer los precios a los del día 6 de marzo, para poder combatir la crisis. Pero en estas épocas, el consumidor encuentra avasallados sus derechos.
Para luchar en contra de esta situación, existe el organismo público de Defensa del Consumidor. El mismo tiene como objetivo garantizar que se respeten los derechos de todos los habitantes del país, en materia de consumo.
Por lo tanto, con intención de informar sobre las funciones que llevan a cabo durante esta etapa de aislamiento, Dr. Alberto Montiel Díaz dialogó con Darío Agüero en el móvil de Radio Popular.
“Nosotros en estas vísperas de lo que es la cuarentena nos estamos encargando puntualmente de todo lo que es el control de precios”, informó Montiel Díaz con respecto a la retroacción de los valores de venta en los productos de almacén.
“También intervenimos en cuestiones de servicios públicos”, expresó el doctor, con respecto a la evaluación del cumplimiento en la entrega de los servicios y su debida facturación, con excepción de la energía eléctrica, debido a que la provincia de San Luis cuenta con la Comisión Provincial de Energía Eléctrica como ente regulador.
Por otro lado, Montiel Díaz se refirió a la situaciones en las cuales el que aumenta el precio no es el comerciante, sino quienes llevan la mercadería al local: “Los mayoristas no tienen un precio mayorista. Venden a único precio, que es un precio minorista, que es el mismo para un almacén de barrio o para cualquier consumidor. Por esta razón, hace varias semanas que estamos pidiendo a la Secretaría de Comercio Interior y la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, que se revea esta situación, porque debería existir un precio mayorista, para casualmente poder otorgar a aquel minorista y que tenga un margen de ganancia razonable”.
Por otra parte, en la provincia se decretó las salidas para actividades de necesidad según la terminación par o impar del número de DNI. Debido a esto, los comerciantes solamente pueden permitir el ingreso a su local a personas que correspondan a dicha terminación según los días determinados. En caso de no respetarse esta normativa, “habría una doble infracción, por parte del ciudadano y por parte del comerciante que no respetó el control necesario con respecto a ese punto”, manifestó el doctor.
Montiel Díaz habló, además, respecto a los cortes en los servicios públicos, inhabilitados durante la cuarentena: “estamos atendiendo varios casos de estos y se analiza primeramente el motivo del corte. Si es por una facturación con vencimiento anterior al 1 de marzo del año 2020, pueden hacerlo, porque la normativa que dictaminó el Gobierno Nacional, es que no pueden cortar por deudas de aquellas facturas cuyo vencimiento que hayan sido con posterioridad al 1 de marzo”.
En referencia a los pagos de impuestos, el doctor mencionó que es un problema que afectó aún más a aquellas personas que no se encuentran bancarizadas. “Yo creo que es una falta total de responsabilidad de aquel comercio que no instrumentó los medios necesarios para que la comunidad pueda pagar, tanto los que estaban bancarizados como los que no”.
Para finalizar la nota, Montiel Díaz aclaró que, al estar suspendidas la atención al público y las audiencias presenciales, los reclamos son recibidos vía e-mail, que es ddelconsumidorsanluis@gmail.com.
