A raíz de que se dio a conocer la denuncia de abuso a una mujer discapacitada, por parte de su tío, el Juez Contravencional Nº 2 Juan Manuel Montiveros Chada habló sobre la causa en “Radio Cadena Popular”. “En el día de hoy se ha presentado la parte denunciante a instar la acción penal. En este tipo de delitos se necesita de acuerdo a la norma en el artículo 72 del Código Penal, la instancia de acción, es decir el impulso de la parte denunciante para que la acción prospere y se comience con la investigación”, explicó el letrado.
El sumario efectivamente hace varios días que estaba en el Juzgado de Contravención, pero faltaba “INSTAR la acción penal”, por parte del particular damnificado. Esta es una garantía para la víctima, para preservar su integridad.
Sobre este punto, Montiveros, aclaró: “como hay cuestiones pudorosas en estos temas se necesita este impulso de la parte interesada para que se pueda avanzar con el proceso”.
El hecho sucedió a fines de diciembre pasado. “Es una mujer de 29 años discapacitada, con retraso madurativo, pero eso no impidió contar los abusos de su tío un hombre de 72 años”, detalló la abogada Karina Mantelli.
La joven concurre al Centro de Día Esperanza, hace unos meses atrás su psicóloga advirtió problemas de conducta que jamás había tenido. Tiene una discapacidad motora y parálisis infantil.
La instancia de acción consta de la presentación del damnificado de manera espontánea a manifestar su intención de que se continúe con la investigación. Este paso siempre hay que realizarlo, después de la denuncia policial.
“Una vez cumplimentado esto, que se dio recién hoy se correrá vista a la agente fiscal y se arbitraran todas las medidas que pida la agente fiscal y que crea conveniente este Juzgado para proseguir con la investigación.”
Nota: Juez Contravencional Nº2, Dr. Juan Manuel Montiveros Chada
Fuente y Redacción: Radio Cadena Popular, Ayelén Britos
