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Si bien este tipo de medidas son habituales, no se recuerdan antecedentes que involucre directamente a dos personas que trabajan en el ámbito de las comunicaciones, al menos en el orden local.

La resolución estuvo motivada en una audiencia de ratificación de denuncia que tuvo lugar la semana pasada, pero que recién trascendió este miércoles.

La medida recae en el conocido operador de prensa Gustavo Thompson, quien supo ser durante décadas un ferviente apologista de la gestión provincial, hasta que fue querellado por publicar que por deficiencias en el manejo de la pandemia en la provincia, podrían registrarse entre 180 y 400 muertos. A partir de ese momento perdió la pauta oficial, tocó su simpatía y comenzó a militar en contra del gobernador Alberto Rodríguez Saá.

En las últimas semanas también se transformó en el principal defensor del prisionero senador Ariel Rosendo, con domicilio actual en el Servicio Penitenciario Provincial, procesado “por los delitos de robo doblemente calificado, desobediencia de una orden judicial y violación de las medidas anti epidémicas en concurso ideal”.

En este marco, dos de los principales argumentos que esgrime Thompson son que el legislador es víctima de una persecución política, por estar alineado en el sector de Adolfo Rodríguez Saá, y que los medios oficialistas son los arietes que utiliza el gobierno para influir en la opinión pública y en la propia Justicia.

Vanesa Escudero, propietaria de FM Latina y corresponsal de Canal 13 San Luis, comenzó a recibir todo tipo de agresiones por diferentes medios, y la gota que colmó el vaso se registró el 22 de febrero último, cuando se encontraba en la entrada de los tribunales locales, cubriendo la ampliación de declaración que solicitó Rosendo. Fue en esa ocasión cuando Thompson, que filmaba su cobertura en directo, comenzó a efectuar acusaciones contra Escudero, a la que acusó de ser la “autora intelectual” del encarcelamiento de su defendido.

Esto provocó que el propio hermano de la periodista, camarógrafo, saliera en su defensa y le reclamara que cesara con sus agresivos comentarios, de esta forma se generó un disturbio que terminó opacando la noticia misma de la declaración de Rosendo que, según distintos testimonios, no agregó nada a la causa y se transformó en una pérdida de tiempo para la justicia.

DENUNCIA

Cansada de soportar el acoso de Thompson, quien ese mismo día subió a las redes su propia versión de los hechos, considerándose él mismo víctima de agresión, Vanesa Escudero resolvió efectuar una presentación ante la Justicia Correccional, presentando distintas pruebas de las agresiones de las que ha sido objeto.

Es así cómo se llegó a la resolución firmada por la titular del Juzgado N° 2, Dra. Antonela Panero, donde dispone: “Ordenar el cese de hostilidades y/o agresiones por todo medio (personal, telefónico, electrónico, redes sociales, mensajería instantánea y/o cualquier otra forma, como así también hacer referencia a la misma en forma directa o indirecta), por parte del Sr. Gustavo Thompson… a la Sra. Vanesa Verónica Escudero y su grupo familiar…”.

Agrega que la medida es “bajo apercibimiento” de disponer “prohibición de acercamiento hasta 200 metros de la parte denunciada hacia la denunciante, de su domicilio, lugar de trabajo y/o lugar de concurrencia habitual, bajo apercibimiento de incurrir ante su incumplimiento en el delito de desobediencia a una orden judicial”, tipificado en el artículo 239 del Código Penal.

Además del bozal legal que la Justicia le impuso al iracundo Thompson con esta resolución, la última parte del fallo le advierte que si insiste con sus agresiones, correrá riesgo de ir a hacerle compañía a Rosendo en la Penitenciaría, quien casualmente, entre otros delitos, se encuentra preso -también- por “desobediencia a una orden judicial”.

Fuente – Apuntes de San Luis.- 

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