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Los usuarios del sistema de agua cruda deben actuar conforme el Código de Agua de la provincia, dando cumplimiento a sus obligaciones como usuarios: registrándose y empadronándose en el sistema hídrico, condición indispensable para acceder al servicio de manera legal.  Las conexiones clandestinas son un grave perjuicio para la infraestructura hídrica y deprimen el normal funcionamiento del sistema, constituyendo también un delito plausible de multas y sanciones.

Se recuerda a los vecinos que si desean abastecimiento de agua potable para consumo humano, deben dirigir su solicitud al municipio, ya que la competencia de San Luis Agua se limita a la administración del agua cruda (no apta para consumo humano) destinada principalmente al riego y usos agropecuarios o industriales.

Usuario en regla: el registro como un usuario en regla, permite canalizar de manera apropiada las solicitudes, demandas y reclamos ya que se le asigna un número de empadronamiento -que contiene la información necesaria por San Luis Agua, como localización, latitud, tipo de uso, etc.– necesaria para brindar el suministro. En relación a ello, desde San Luis Agua se comunica que únicamente se atenderán los reclamos de los usuarios que se encuentran empadronados.

Toda la información sobre requisitos para el empadronamiento en www.sanluisagua.com.ar y en la App institucional. Asesoramiento telefónico al 266 4452000, interno 4873.

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