En tanto, en el caso de quienes tengan dos propiedades este beneficio solo se aplicará sobre una sola y el resto pagará el total de la alícuota. La ley fija un mínimo no imponible de dos millones con los cuales recién se pagará la tasa por encima de ese monto.
De esta manera, los bienes de entre dos y tres millones pagarán una tasa del 0,25 %; aquellos que superen los 3 hasta los 18 millones, 7.500 pesos y un tributo del 0,50 por ciento sobre el excedente de tres millones de pesos.
Los bienes que superen los 18 millones de pesos pagaran 82.500 pesos y una tasa del 0,75% que se calculará sobre el excedente de esos 18 millones.
Se tributa sobre bienes en el país y bienes en el exterior.
El pago del año 2018 se deberá realizar en junio del año que viene, por otra parte los inmuebles rurales están exentos
