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La Fiscal de Juicio Nº 1 Virginia Palacios marcó una postura que invita a repensar las respuestas de la justicia ante causas que involucran a víctimas que manifiestan su intención de no continuar con la instancia judicial.


El Tribunal, integrado por Adriana Lucero Alfonso, Eduardo Cadelago Filippi y Sandra Erlich (a través de videoconferencia), escuchó a las partes ante la propuesta presentada por la defensa del imputado –a cargo del abogado Federico Putelli– de ofrecer una reparación integral en dinero a la víctima, en el marco del artículo 59 inciso 6 del Código Penal Argentino, que contempla la extinción de la acción penal cuando se repara el daño causado.
El Defensor Adjunto de la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 1, Nahuel Lede Zajic, se opuso al ofrecimiento por considerar que el artículo 225 del Código Procesal Penal de San Luis impide aplicar medidas alternativas como la conciliación o reparación en delitos contra la integridad sexual y sostuvo que la causa debe ser resuelta a través del debate oral previsto.
Sin embargo, la posición de la Fiscalía fue distinta. La Fiscal Virginia Palacios sostuvo que, en este caso concreto, debía prevalecer la voluntad de la víctima y consideró inaplicable la norma procesal provincial para fundamentar esta postura e hizo referencia a un fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal.
“Respeto profundamente a mi colega, y sé que también vela por el Interés Superior del Niño. Pero en este caso concreto, entiendo que la Convención sobre los Derechos del Niño debe prevalecer sobre la norma procesal general que excluye la posibilidad de conciliación. Este caso merece escuchar a la víctima y ella ha sido clara: no quiere estar en el centro de la escena, quiere cerrar este capítulo”, dijo.
Palacios argumentó que revivir el proceso judicial tres años después de ocurrido el hecho —cuando la víctima tenía 13 años y hoy tiene 16— implicaría una revictimización innecesaria. Enfatizó que el sistema penal debe contemplar las particularidades de cada situación y evitar aplicar reglas generales de forma automática.
“Debemos repensar la respuesta estatal desde el punto de vista de la víctima. Muchas veces se prioriza la pena de prisión sin considerar si eso le brinda una verdadera reparación. El regreso al estado anterior al conflicto, cuando es posible, también puede ser una forma válida de solución”, expresó.
Desde esta mirada, defendió la aplicación de los principios de la justicia penal restaurativa, que coloca en el centro a la persona afectada por el delito:
“Esto no significa renunciar al derecho penal, pero sí comprender que debe ser la última barrera. En este sistema, debemos encontrar a la víctima, acompañarla y no volver a dañarla en nombre de una persecución penal que no responde a sus intereses”.

LA PALABRA DE LA FAMILIA

Durante la audiencia, los padres de la víctima fueron consultados sobre la propuesta de reparación. La madre manifestó estar de acuerdo y dijo hablar en representación de su hija, quien —según relató— pidió cerrar este capítulo de su vida, ha recibido tratamiento psicológico y actualmente se encuentra bien.

QUÉ SE JUZGA

El hecho fue denunciado hace tres años. Según la causa, una niña de 13 años acusó a su profesor de haberla tocado indebidamente durante una clase en un instituto privado de educación.


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